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  • Pesaje después del desembarque

    Capítulo 3 - Comercialización del algodón - Control    

     
     

    Regla 215

    Todo el algodón se pesará bala por bala y se determinará su “peso bruto” a menos que se acuerde lo contrario. La tara debe deducirse del peso bruto.

    Regla 216

    2. Pesos Brutos de Desembarque – Todo el algodón será pesado por el comprador bajo la supervisión de los representantes del vendedor en el lugar de entrega acordado o en otro lugar que hayan determinado el comprador y el vendedor. Si ya se han extraído las muestras, se concederá una tolerancia de peso por las muestras extraídas.

    • Cuando sea por báscula de puente; los pesos se establecerán en el lugar de entrega o en otro lugar que hayan determinado por escrito el comprador y el vendedor y, en cualquier caso, se hará en el plazo de 14 días (2 semanas) a partir de la fecha de llegada del algodón.
    • Cuando sea bala por bala; los pesos se establecerán en el lugar de entrega o en otro lugar que hayan determinado por escrito el comprador y el vendedor y, en cualquier caso, se hará en el plazo de 42 días (6 semanas) a partir de la fecha de llegada del algodón.
    • Tanto el comprador como el vendedor podrán nombrar a representantes, por cuenta propia, para que supervisen cualquier pesaje. La parte que organice el pesaje debe comunicar a la otra parte dónde y cuándo se llevará a cabo, y lo hará con la suficiente antelación para que pueda asistir el representante de la otra parte.

    (Se ruega leer la Regla 215).

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    Guia del Exportador de Algodon.
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